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lunes, 12 de noviembre de 2012

FALLO DEL HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS

PARTIDO JUVENTUD LA CATÓLICA vs.. DEPORTIVOAGUILARES.
Categoría PRIMERA. 6ta.fecha Torneo Clausura.

VISTO:
El informe elevado por los Árbitros Carlos Plaza y Sergio Almaraz; y

CONSIDERANDO:
Que en el mismo los citados Jueces manifiestan que al finalizar dicho encuentro realizado en la ciudad de Juan B. Alberdi, al acercarse el Juez Plaza a la Mesa de Control a cerrar y retirar las planillas de juego, fueron agredidos verbalmente por el Jugador Exequiel Varele, Camiseta Nº 04 integrante del equipo Juventud la Católica, además de emitir palabras discriminatorias hacia ambos Jueces.

Que la actitud en que incurrió el nombrado Jugador se encuentra prevista y tipificada en el Art. 107, inc. g) del Código de Penas vigente: Art 107º: Corresponderá pena de SUSPENSION de CUATRO a DIEZ PARTIDOS al jugador, director técnico o ayudante de técnico o MULTA de SEIS a VEINTE AJC al director técnico que:
Inc. g) Ofendiere, provocare o insultare al juez o árbitro, jugadores, dirigentes, autoridades de la mesa de control, integrantes del cuerpo técnico u otras personas, en la cancha o en las inmediaciones, antes, durante o después de un partido.”

Que asimismo para la aplicación de la sanción respectiva  se tiene en cuenta lo preceptuado en los Arts. Nº 37 y 40º,  inc. b) del mismo cuerpo legal.

Por lo expuesto, este Tribunal:
RESUELVE

Art.1º.-APLICAR la pena de suspensión de 04 (cuatro)  partidos al Jugador  Exequiel Varele, de la Institución Juventud Católica de la ciudad de Juan B. Alberdi.

Art.2º.-COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

Concepción 12 de Noviembre de 2012

FIRMADO: SR. Gustavo GONZALEZ – PRESIDENTE H.T.P.
                      DR. Eduardo MEDINAS – VICE-PRESIDENTE H.T.P.


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