VISTO:
El pronto inicio del Calendario Deportivo del presente año, con lo cual se dará inicio al 7º ciclo de vida de nuestra entidad y.-
CONSIDERANDO:
Que se hace muy oportuno conciliar y rever algunas situaciones puntuales, que
acontecieron en la temporada 2014, tanto con clubes, jugadores y dirigentes,
que forman parte de esta gran familia que hoy es la ABST.-
Que esta Presidencia,
considera, que todas las medidas tomadas, en cuanto a sanciones y demás, no son
del agrado del Concejo Directivo dictarlas, pero si se consideran, que las
mismas sirven para corregir y reencauzar, actitudes que nada tienen que ver con
lo deportivo lo cual es el objeto
principal de esta entidad.
Que anteriormente se
han dictado medidas similares a la presente y con el mismo objetivo, y en diversos casos han reincidido en faltas
similares o más graves, a ellos sin dar nombres, este instrumento no los
alcanza, pues ya tuvieron la oportunidad reiterada, de ser parte del
crecimiento de la ABST.
Que hoy gustosos y con
el firme anhelo de que nadie que haya sido participe del desarrollo del
basquetbol en el sur tucumano, quede afuera de lo que hoy consideramos una
familia unida a través de la práctica de nuestro deporte, es que se dicta la
presente Resolución.
Por ello.
LA
PRESIDENCIA DE LA ASOCIACION DE BASQUETBOL DEL SUR DE TUCUMAN
RESUELVE
PRIMERO:
Dictar,
una ADMISTIA GENERAL, a todos los
factores, que en el transcurso del año 2014, hayan recibido sanciones, ya sean
del Honorable Tribunal de Penas o del Concejo Directivo de la ABST.
SEGUNDO:
Los beneficiados, en lo preceptuado en el punto primero de la presente, que
incurrieran en actos de indisciplina tipificados en el Código de Penas y que
fueran los mismos debidamente informados, por los Sres. Árbitros, veedores o la
dirigencia, automáticamente perderán el beneficio de la presente Resolución,
retrotrayéndose la situación de cada uno
de ellos al estado que se encontraban al momento del dictado de la
presente.
TERCERO:
Al
Club JUVENTUD LA CATOLICA DE ALBERDI, se le deja levantada la sanción que
le fuera impuesta oportunamente. No así para los jugadores, que fueran
informados debido a los hechos que originaron la expulsión del torneo del club
señalado.
CUARTO:
Comuníquese y Publíquese.-
Fdo.
OSCAR ALBERTO VARELA
PRESIDENTE ABST
ALEJANDRO CARRAZANA
SECRETARIO ABST
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